4.0) ESPACIOS MÍNIMOS A COMBUSTIBLES
Las distancias mínimas a los combustibles se medirán desde las superficies exteriores como se muestra en el
siguiente diagrama:
▲ADVERTENCIA: Ciertos materiales u objetos, cuando se almacenan debajo del calentador, estarán sujetos a calor
radiante y podrían dañarse seriamente. Observe las distancias mínimas a los combustibles descritos en el manual
y en el calentador en todo momento.
NOTA:
1. Las distancias especificadas anteriormente deben mantenerse con respecto a combustibles y otros materiales
que pueden resultar dañados por temperaturas de 90ºF (50ºC) por encima de la temperatura ambiente. Las
distancias a los combustibles se publican en la caja del quemador. En áreas utilizadas para el almacenamiento de
materiales combustibles donde pueden apilarse debajo del calentador, la NFPA54 requiere que el instalador
coloque carteles que "especifiquen la altura de apilamiento máxima permitida para mantener las distancias
requeridas desde el calentador hasta los combustibles". Space-Ray® recomienda colocar estos letreros junto al
termostato del calentador u otra ubicación adecuada que brinde una mejor visibilidad.
2. El espacio libre establecido para los combustibles representa una temperatura superficial de 90 ºF (50 ºC) por
encima de la temperatura ambiente. Los materiales de construcción con baja tolerancia al calor (como plásticos,
revestimientos de vinilo, lonas, tri-ply, etc.) pueden estar sujetos a degradación a temperaturas más bajas. Es
responsabilidad del instalador asegurarse de que los materiales adyacentes estén protegidos contra la degradación.
Formulario No. 43539440ES
Mayo 2021
Distancias mínimas a los combustibles
SUPERIOR
LADO
INFERIOR
ADVERTENCIA
PELIGRO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN
El material combustible debe ubicarse fuera de las
dimensiones de espacio libre enumeradas.
Si no lo hace, puede provocar la muerte, lesiones
graves o daños a la propiedad.
Coloque el calentador
lejos del ganado
LADO
DESCARGA
FRONTAL
–9–
POSTERIOR