Usos previstos
El transductor ETE/8-3 MHz está diseñado para 2D, modo M, Doppler color (Color), Doppler pulsado
(DP) y Doppler continuo (OC) mediante la aplicación de energía de ultrasonido a través del esófago
o estómago del paciente al corazón. El transductor ETE ha sido concebido para ser utilizado
exclusivamente en pacientes adultos. La energía de ultrasonido con retrodispersión desde el
corazón del paciente se utiliza para formar imágenes del corazón con el fin de detectar anomalías en
la estructura o el movimiento, evaluar la velocidad de la circulación sanguínea en el corazón y
obtener una representación en colores de las velocidades de la circulación sanguínea en el corazón.
Contraindicaciones
ADVERTENCIA:
A continuación se detallan las contraindicaciones del uso del transductor ETE:
• Imágenes fetales
• Imágenes pediátricas
• Imágenes cuando el paciente presenta las siguientes afecciones (o similares):
• Estenosis esofágica, espasmos, laceraciones y dificultad para tragar (disfagia)
• Divertículos esofágicos, várices esofágicas (venas hinchadas)
• Hemorragia gastrointestinal
• Úlceras pépticas, hernia del hiato, anillos y membranas esofágicas
• Radioterapia reciente en el esófago
• Incapacidad del paciente de tragar o alojar el transductor
• Historial de enfermedades gastroesofágicas
• Otros tratamientos a los que se someta el paciente
Cumplimiento normativo
El transductor ETE cumple con la Directiva relativa a los productos sanitarios 93/42/CEE. Se trata de
un producto sanitario de clase IIA. Los símbolos y términos utilizados en el transductor se explican en
el Manual para el usuario del sistema de ecografía.
El transductor ETE cumple con los requisitos de las normas siguientes:
• CAN/CSA C22.2, N°. 601.1-M90:1990, Canadian Standards Association (Asociación canadiense de
normativas), Equipo electromédico – Parte 1. Requisitos generales de seguridad.
• Directiva relativa a los productos sanitarios, 93/42/CEE.
• IEC 60601-1:1988 Equipos electromédicos-Parte 1. Requisitos generales de seguridad.
• EN 60601-1: 1990, Norma europea, Equipos electromédicos-Parte 1. Requisitos generales de
seguridad.
• IEC 1157/EN61157: 1994, Requisitos para la declaración de las emisiones acústicas de los aparatos
de diagnóstico médico por ecografía.
• EN 60601-1-2: 2001, Equipos electromédicos-Parte 2. Norma colateral; Compatibilidad
electromagnética, Requisitos y ensayos.
El médico debe tomar en cuenta todos los factores posibles antes de iniciar el
examen.
Capítulo 1: Descripción general
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