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Unión Europea (UE)
Este dispositivo cumple con los requisitos esenciales de las Directivas del Consejo
Europeo enumeradas a continuación:
Directiva 73/23/CEE sobre baja tensión
EN 60950
•
Directiva 89/336/CEE sobre compatibilidad electromagnética (EMC)
EN 55022
•
EN 55024
•
EN 61000-3-2/-3
•
Directiva 99/5/CE sobre equipos de terminales de radio y telecomunicaciones
(R&TTE)
Art.3.1a) EN 60950
•
Art.3.1b) EN 301 489 -1/-17
•
Art.3.2) EN 300 328-2
•
Art.3.2) EN 301 893 *aplicable sólo a 5 GHz
•
Lista de países aplicables
Los países miembros de la UE en mayo de 2004 son: Bélgica, Dinamarca,
Alemania, Grecia, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos,
Austria, Portugal, Finlandia, Suecia, Reino Unido, Estonia, Letonia, Lituania,
Polonia, Hungría, República Checa, República Eslovaca, Eslovenia, Chipre y
Malta. Además de los países de la Unión Europea, también se permite el uso en
Noruega, Suiza, Islandia y Liechtenstein. Este dispositivo debe utilizarse de
acuerdo con las reglamentaciones y restricciones del país de uso. Para más
información, póngase en contacto con el organismo regulador del país de uso.
Requisito de seguridad RF de la FCC
La potencia radiada por el módulo de tarjeta LAN inalámbrica Mini PCI y la
tarjeta Bluetooth está muy por abajo de los límites de exposición a
radiofrecuencias de la FCC. Sin embargo, el ordenador portátil se debe utilizar
de modo que se reduzca el potencial de contacto humano durante el
funcionamiento normal, del modo descrito a continuación:
1
Los usuarios deben seguir las instrucciones de seguridad contra
radiofrecuencias en dispositivos inalámbricos incluidas en el manual del
usuario de cada uno de estos dispositivos.
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