6- USO Y FUNCIONAMIENTO
6.1- EMPLEO DEL ACCIONADOR
EL EMPLEO DEL ACCIONADOR PUEDE SER REALIZADO EXCLUSIVAMENTE POR UN
USUARIO QUE ACTÚE EN CONFORMIDAD DE LAS INSTRUCCIONES DE ESTE MANUAL
Y/O EN EL MANUAL DEL DISPOSITIVO DE MANDO DEL ACCIONADOR (ES.: CENTRAL
VIENTO Y LLUVIA).
ANTES DE UTILIZAR EL ACCIONADOR ES OBLIGATORIO QUE EL USUARIO LEA Y
COMPRENDA EN TODAS SUS PARTES ESTE MANUAL Y EL EVENTUAL MANUAL
RELATIVO AL TIPO DE DISPOSITIVO DE MANDO INSTALADO.
ES OBLIGATORIO QUE EL USUARIO ANTES DE ACCIONAR EL ACCIONADOR SE
ASEGURE QUE CERCA Y/O BAJO AL CERCO NO HAYA LA PRESENCIA DE PERSONAS,
ANIMALES Y COSAS CUYA VIDA ACCIDENTALMENTE PUEDA SER COMPROMETIDA
(VER PAR. 4.4).
ES OBLIGATORIO QUE EL USUARIO DURANTE EL ACCIONAMIENTO DEL DISPOSITIVO
DE MANDO DEL ACCIONADOR SE ENCUENTRE EN UNA LUGAR DE MANDO SEGURO
QUE GARANTICE EL CONTROL VISUAL DE LA MANIPULACIÓN DEL CERCO.
ES OBLIGATORIO AVERIGUAR CONSTANTEMENTE EN EL TIEMPO LA EFICIENCIA
FUNCIONAL Y LAS PRESTACIONES NOMINALES DEL ACCIONADOR, DEL CERCO
DONDE ELLO ES INSTALADO Y DE LA PLANTA ELECTRICA, EFECTUANDO CUANDO
NECESARIO INTERVENCIONES DE ORDINARIO O EXTRAORDINARIO MANTENIMIENTO
QUE GARANTICEN LAS CONDICIONES DE EJERCICIO EN EL RESPETO DE LAS
NORMAS DE SEGURIDAD.
TODAS LAS INTERVENCIONES DE MANTENIMIENTO ARRIBA MENCIONADAS PUEDEN
SER REALIZADAS EXCLUSIVAMENTE POR PERSONAL TECNICO COMPETENTE Y
CALIFICADO QUE TENGA LAS CAPACIDADES TECNICAS Y PROFESIONALES
PREVISTAS POR LA LEY EN VIGOR EN EL PAIS DE INSTALACION.
El empleo del accionador permite de mandar en automático la abertura y el cierre del
cerco en base al tipo de dispositivo de mando instalado (ver par. 5.5).
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INSTRUCCIONES PARA LA INSTALACION Y EL EMPLEO
C40
VER.0.0
REV.06.10