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RESUMEN DE LAS PAUTAS PAUTAS DE LA LEY ADA*
(EE. UU. únicamente )
1009.2.1 Ubicación del elevador para piscina
El elevador para piscina se debe colocar donde el nivel del agua no supere las 48" (1,22 m). Si el nivel
del agua en toda la piscina supera las 48" (1,22 m), coloque el elevador para piscina donde le resulte
más adecuado.
1009.2.2 Ubicación del asiento
En posición elevada, la línea central del asiento debe ubicarse sobre la superficie que rodea a la piscina
a una distancia mínima de 16" (41 cm) desde el borde de la piscina.
1009.2.3 Espacio libre hasta la superficie que rodea la piscina
En el lateral del asiento opuesto al agua, se debe proporcionar un espacio libre en la superficie que
rodea a la piscina paralelo al asiento. Ese espacio debe tener un ancho mínimo de 36" (91 cm) y se
debe extender hacia delante una distancia mínima de 48" (1,22 m) desde una línea ubicada a 12" (30
cm) por detrás del borde trasero del asiento.
1009.2.4 Altura del asiento
El elevador debe detenerse a una distancia de 16" a 19" (41 cm a 48 cm), medida desde la superficie
que rodea la piscina hasta la parte superior del asiento, cuando se encuentra en posición de carga.
1009.2.8 Profundidad de inmersión
El elevador debe sumergir el asiento un mínimo de 18" (46 cm) por debajo del nivel de agua fijo.
*El propietario es el responsable de cumplir con las disposiciones de la Ley ADA. Visite para obtener
una descripción completa de las directrices.
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EL PAL
- ELEVADOR ACUÁTICO PORTÁTIL
702-1002
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6.14.2013