La siguiente información es solo para los estados miembros de la UE:
La marca que se indica a la derecha indica el cumplimiento de
la Directiva sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos
2012/19/UE (RAEE). La marca indica el requisito de no eliminar el
equipo como residuo urbano no seleccionado y de recogerlo de modo
separado de conformidad con la ley.
Declaración de conformidad con la directiva europea RUSP 2
Este producto ha sido diseñado y fabricado de conformidad con la Directiva 2011/65/
UE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre restricciones a la utilización de
determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (Directiva
RUSP 2) y se considera que cumple los valores máximos de concentración establecidos
por el Comité Europeo de Adaptación Técnica (TAC) según se muestra a continuación:
Sustancia
Cadmio (Cd)
Plomo (Pb)
Mercurio (Hg)
Cromo hexavalente (Cr6+)
Bifenilos polibromados (PBB)
Ésteres de difenilo polibromado (PBDE)
Ftalato de bis(2-Etilhexilo) (DEHP)
Bencilbutilftalato (BBP)
Dibutilftalato (DBP)
Di-isobutilftalato (DIBP)
Algunos componentes de los productos citados están exentos en virtud del Anexo
III de las Directivas RUSP 2, como se indica a continuación:
• Mercurio en lámparas fluorescentes de cátodo frío y lámparas fluorescentes de
electrodo externo (CCFL y EEFL) para fines especiales, que no excedan (por lámpara):
» Longitud corta (500 mm): máximo 3.5 mg por lámpara.
» Longitud mediana (> 500 mm y 1500 mm): máximo 5 mg por lámpara.
» Longitud larga (> 1500 mm): máximo 13 mg por lámpara.
• Plomo en el vidrio de tubos de rayos catódicos.
• Plomo en el vidrio de tubos fluorescentes que no exceda el 0.2 % del peso.
• Plomo como elemento de aleación en aluminio que contenga hasta el 0.4 % de
plomo del peso.
• Aleación de cobre que contenga hasta el 4 % de plomo del peso.
• Plomo en soldaduras de alta temperatura de fusión (p. ej. aleaciones a base de
plomo que contengan un 85 % o más de plomo del peso).
• Componentes eléctricos y electrónicos que contengan plomo en vidrio
o cerámica, que no sea cerámica dieléctrica en condensadores (p. ej.,
dispositivos piezoelectrónicos o en un compuesto de matriz de vidrio
o cerámica.
Concentración
máxima propuesta
0.01%
0.1%
0.1%
0.1%
0.1%
0.1%
0.1%
0.1%
0.1%
0.1%
98
Concentración
real
< 0.01%
< 0.1%
< 0.1%
< 0.1%
< 0.1%
< 0.1%
< 0.1%
< 0.1%
< 0.1%
< 0.1%