RespirTech inCourage ICS-1M-US-A Manual De Instrucciones página 43

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NORMAS DEL PROVEEDOR DE MEDICARE DMEPOS (cont.)
11.
Un proveedor debe aceptar no iniciar un contacto telefónico con los beneficiarios,
con sólo algunas excepciones permitidas. Esta norma prohíbe que los
proveedores se pongan en contacto con un beneficiario de Medicare basándose
en una orden verbal del médico, a menos que se aplique una excepción.
12.
Un proveedor es responsable de las entregas y debe instruir a los beneficiarios
sobre el uso de artículos cubiertos por Medicare, y debe mantener pruebas de la
entrega.
13.
Un proveedor debe responder preguntas y responder a reclamos de
beneficiarios, y mantener la documentación de tales contactos.
14.
Un proveedor debe mantener y reemplazar sin cargo o reparar directamente, o
a través de un contrato de servicio con otra empresa, los artículos cubiertos por
Medicare que ha alquilado a beneficiarios.
15.
Un proveedor debe aceptar devoluciones de parte de los beneficiarios de
artículos de calidad inferior (inferior que la calidad absoluta para el artículo
en particular) o de artículos inadecuados (inadecuados para el beneficiario al
momento en que se equipó, alquiló o vendió).
16.
Un proveedor debe divulgar estas normas de proveedor a cada beneficiario a
quien provee un artículo cubierto por Medicare.
17.
Un proveedor debe divulgar al gobierno información sobre cualquier persona
que tenga posesión, interés financiero o de control del proveedor.
18.
Un proveedor no debe transferir o reasignar un número de proveedor, es decir,
el proveedor no puede vender ni permitir que otra entidad use su número de
facturación de Medicare.
19.
Un proveedor debe tener establecido un protocolo de resolución de reclamos
para abordar los reclamos de los beneficiarios relacionados con estas normas.
Se debe mantener un registro de estos reclamos en los centros.
20.
Los registros de reclamos deben incluir: el nombre, dirección, número de
teléfono y número de reclamación del seguro de salud del beneficiario, un
resumen del reclamo y cualquier acción realizada para resolverlo.
21.
Un proveedor debe aceptar proporcionar a CMS cualquier información
requerida por el reglamento de Medicare y las normas de implementación.
22.
Todos los proveedores deben estar acreditados por una organización de
acreditación aprobada por CMS para recibir y retener un número de facturación
de proveedor. La acreditación debe indicar los productos y servicios específicos
para los que el proveedor está acreditado para que el proveedor pueda
recibir el pago de esos productos y servicios específicos (excepto para ciertos
medicamentos exentos). Fecha de implementación, 1.º de octubre de 2009.
23.
Todos los proveedores deben informar a su organización de acreditación al
momento de la apertura de un nuevo centro DMEPOS.
Tratamiento de desobstrucción de vías respiratorias inCourage
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