8 Mantenimiento
Los aparatos, equipos y sistemas empleados en la protección contra incendios se caracterizan porque
su instalación se hace con la expectativa de no ser necesariamente utilizados, por ello, si las
características de estos aparatos, equipos y sistemas, así como su instalación y mantenimiento, no
satisfacen los requisitos necesarios para que sean eficaces durante su empleo, además de no ser
útiles para el fin para el que han sido destinados, crean una situación de falta de seguridad.
Los sistemas de extinción de IG-55 de Aguilera Extinción deben estar sometidos a un programa de
mantenimiento preventivo que garantice su correcto funcionamiento en caso de incendio. En el
presente apartado se toman como base las Leyes Españolas aplicables para el mantenimiento de la
instalación. Como fabricante, Aguilera Extinción aconseja a todos los titulares o usuarios finales de sus
sistemas que como mínimo exijan la realización de las operaciones de mantenimiento recogidas en el
presente manual.
El personal encargado de realizar el mantenimiento deberá conocer y poder acceder a los planos de
conexionado del sistema, al proyecto de diseño, historial de mantenimiento e inspecciones, incluido el
informe de puesta en marcha o recepción de la instalación. Asimismo, debe estar instruido en el
funcionamiento del sistema, en las condiciones de seguridad requeridas para el mismo, en los efectos
del agente extintor IG-55 sobre las personas y sobre los bienes que protege.
Durante las operaciones de mantenimiento utilizar los EPIS establecidos por el Servicio de Prevención
competente.
Dado que los sistemas de IG-55 de Aguilera Extinción son elementos para la lucha contra incendios es
de
aplicación del Reglamento de Instalaciones y Aparatos
reglamento, con carácter general, se especifica lo siguiente:
1. El responsable último del mantenimiento de la instalación es el usuario final o el titular de la
misma.
2. En todos los casos, tanto el mantenedor como el usuario o titular de la instalación, conservarán
constancia documental del cumplimiento del programa de mantenimiento preventivo, indicando,
como mínimo: las operaciones efectuadas, el resultado de las verificaciones y pruebas y la
sustitución de elementos defectuosos que se hayan realizado. Las anotaciones deberán
llevarse al día y estarán a disposición de los servicios oficiales de inspección correspondientes.
3. Las operaciones de mantenimiento trimestrales establecidas en el reglamento pueden ser
realizadas directamente por el usuario o titular de la instalación sin ser precisa la participación
de mantenedores oficiales externos.
4. Las operaciones de mantenimiento anuales se realizarán por el personal especializado del
fabricante o por el personal de la empresa mantenedora.
Las operaciones de mantenimiento contempladas en dicho reglamento más las que recomienda
Aguilera Extinción como fabricante de los equipos son las especificadas en el Anexo II: Informe de
mantenimiento de los equipos y sistemas de protección contra incendios. Como resumen general del
contenido de dicho anexo las operaciones son:
AEX-MAN-400-0.0 v1.4
Contra Incendios (RIPCI). En el
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