Directivas Y Normas Aplicadas - CIB UNIGAS PG60 Manual De Instalación - Uso - Mantenimiento

Tabla de contenido
3b) ALIMENTACIÓN CON GAS, GASÓLEO U OTROS
COMBUSTIBLES
Advertencias generales
La instalación del quemador debe ser efectuada sólo por personal
profesionalmente cualificado y en conformidad con las normativas y
disposiciones actualmente vigentes; una errada instalación puede pro-
vocar daños a personas, animales o cosas respecto de las cuales el
fabricante no puede ser considerado responsable.
Antes de la instalación es oportuno realizar una esmerada limpieza
interna de todas las tuberías del equipo de aducción del combustible,
a fin de eliminar que eventuales residuos puedan provocar un malfun-
cionamiento del quemador.
Para la primera puesta en marcha del quemador es necesario que
personal profesionalmente cualificado realice los siguientes controles:
a) el control de estanqueidad interna y externa del equipo de aducción
del combustible.
b) la regulación del caudal del combustible en base a la potencia reque-
rida por el quemador.
c) que el quemador esté alimentado por el tipo de combustible para el
cual está predispuesto.
d) que la presión de alimentación del combustible corresponda con
aquellos valores indicados en la placa.
e) que el equipo de alimentación del combustible corresponda con las
dimensiones para el caudal necesario al quemador; que esté equi-
pado con todos los dispositivos de seguridad y de control prescritos
por las normativas vigentes.
Si se decide no utilizar el quemador por un determinado período,
cerrar el/los grifos de alimentación del combustible.
Advertencias especiales para uso del gas
Hacer que personal profesionalmente cualificado controle:
a) que la línea de aducción y la rampa gas cumplan los requisitos de las
normativas y prescripciones vigentes.
b) la estanqueidad de todas las conexiónes gas.
c) que las aperturas de aireación del local caldera tengan las dimensio-
nes requeridas a fin de garantizar aflujo de aire establecido por las
normativas vigentes y, de cualquier modo, que sean suficientes para
obtener una combustión perfecta.
No utilizar los tubos del gas como vehículo de conexión de tierra para
los aparatos eléctricos.
No dejar el quemador inútilmente en función cuando no se utiliza;
cerrar siempre el grifo del gas.
En caso de prolongada ausencia del usuario, cerrar el grifo principal
de aducción del gas al quemador.
Si se advierte olor de gas:
a) no activar interruptores eléctricos ni el teléfono ni cualquier otro objeto
que pueda provocar chispas.
b) abrir inmediatamente puertas y ventanas a fin de crear una corriente
de aire que purifique el local.
c) cerrar los grifos del gas.
d) solicitar la intervención de personal profesionalmente cualificado.
No obstruir las aperturas de aireación del local donde esté instalado
un aparato de gas a fin de evitar situaciones peligrosas, tales como la
formación de mezclas tóxicas y/o explosivas.

DIRECTIVAS Y NORMAS APLICADAS

Quemadores de gas
Directivas europeas:
- 90/396/CEE (Directiva gas);
- 2006/95/CEE (Directiva Baja Tensión);
- 2004/108/CEE (Directiva Compatibilidad Electromagnética).
Normas armonizadas:
- UNI EN 676 (Quemadores de gas);
- CEI EN 60335-1 (Seguridad de aparatos electrodomésticos y análogos)
- parte I: Requisitos generales;
- EN 50165 Equipamiento eléctrico de aparatos no eléctricos para uso
doméstico y análogos. Prescripciones de seguridad.
Quemadores de gasóleo
Directivas europeas:
- 2006/95/CEE (Directiva Baja Tensión);
- 2004/108/CEE (Directiva Compatibilidad Electromagnética).
Normas armonizadas:
- CEI EN 60335-1 (Seguridad de aparatos electrodomésticos y análogos)
- parte I: Requisitos generales;
- EN 50165 Equipamiento eléctrico de aparatos no eléctricos para uso
doméstico y análogos. Prescripciones de seguridad.
Normas nacionales
- UNI 7824- Quemadores monobloque de combustibles líquidos pulveri-
zados. Características y métodos de prueba.
Quemadores de aceite combustible
Directivas europeas:
- 2006/95/CEE (Directiva Baja Tensión);
- 2004/108/CEE(Directiva Compatibilidad Electromagnética).
Normas armonizadas
- CEI EN 60335-1(Seguridad de aparatos electrodomésticos y análogos)
- parte I: Requisitos generales;
- EN 50165 Equipamiento eléctrico de aparatos no eléctricos para uso
doméstico y análogos. Prescripciones de seguridad.
Normas nacionales:
- UNI 7824- Quemadores monobloque de combustibles líquidos pulveri-
zados. Características y métodos de prueba.
Quemadores mixtos gas-gasóleo
Directivas europeas:
- 90/396/CEE (Directiva gas);
- 2006/95/CEE (Directiva Baja Tensión);
- 2004/108/CEE (Directiva Compatibilidad Electromagnética).
Normas armonizadas:
- UNI EN 676 (Quemadores de gas);
- CEI EN 60335-1(Seguridad de aparatos electrodomésticos y análogos)
- parte I: Requisitos generales;
- EN 50165 Equipamiento eléctrico de aparatos no eléctricos para uso
doméstico y análogos. Prescripciones de seguridad.
Normas nacionales
- UNI 7824- Quemadores monobloque de combustibles líquidos pulveri-
zados. Características y métodos de prueba.
Quemadores mixtos gas-aceite combustible
Directivas europeas
- 90/396/CEE (Directiva gas);
- 2006/95/CEE (Directiva Baja Tensión);
- 2004/108/CEE (Directiva Compatibilidad Electromagnética).
Directivas armonizadas
- CEI EN 60335-1(Seguridad de aparatos electrodomésticos y análogos)
- parte I: Requisitos generales;
- EN 50165 Equipamiento eléctrico de aparatos no eléctricos para uso
doméstico y análogos. Prescripciones de seguridad.
Directivas nacionales
- UNI 7824- Quemadores monobloque de combustibles líquidos pulveri-
zados. Características y métodos de prueba.
4
Tabla de contenido
loading

Este manual también es adecuado para:

Pg70Pg81

Tabla de contenido