liCenCiA de Código ABieRto
liCenCiA PúBliCA geneRAl gnu
Copyright (C) 1989, 1991 Free Software Foundation, Inc., 51 Franklin Street, Fifth Floor, Boston, MA 02110-1301 EE.
UU.
Todos los usuarios están autorizados a copiar y distribuir copias literales de este documento de licencia, pero no está
permitida su modificación.
Las licencias de la mayoría del software están destinadas a coartar la libertad de compartir y modificar el software en
cuestión. Por el contrario, la Licencia Pública General GNU tiene como objetivo garantizar su libertad para compartir y
modificar el software libre, con el fin de asegurar que el software sea libre para todos los usuarios. Esta Licencia
Pública General se aplica a la mayoría del software de la Free Software Foundation y a cualquier otro programa cuyos
autores se comprometan a utilizarla. (Otros programas de software de la Free Software Foundation están sujetos a la
Licencia Pública General GNU Reducida). También puede aplicar esta licencia a sus programas.
Cuando hablamos de software libre, nos referimos a libertad de uso, no a precio. La finalidad de nuestras licencias
públicas generales es garantizar la libertad en la distribución de copias de software libre (y cobrar por este servicio si
se desea); la recepción del código fuente o su obtención si se desea; la posibilidad de modificar el software y utilizar
partes de este en programas libres nuevos; y la recepción de información relativa a todas estas posibilidades.
Con el fin de proteger sus derechos, recurrimos a restricciones para evitar la denegación o solicitud de renuncia de
estos derechos por parte de terceros. Estas restricciones implican determinadas responsabilidades para los usuarios
que distribuyan copias del software o lo modifiquen.
Si, por ejemplo, distribuye copias de un programa, gratis o a cambio de una suma, debe conceder a los destinatarios
todos los derechos que tenga. Además, debe asegurarse de que también reciben o pueden obtener el código fuente.
Además, debe indicarles los presentes términos para que conozcan sus derechos.
Protegemos sus derechos en dos pasos: (1) protegemos el software con un copyright y (2) le ofrecemos esta licencia,
que le concede permiso legal para copiar, distribuir y/o modificar el software.
Además, para nuestra protección y la de los autores, queremos asegurarnos de que todos los usuarios comprenden
que no se ofrece ningún tipo de garantía para este software libre. Si otro usuario modifica el software y lo distribuye,
queremos que sus destinatarios sepan que no se trata de una versión original, para que los problemas introducidos
por otros no afecten a la reputación de los autores originales.
Por últimos, los programas libres están expuestos a la amenaza constante de las patentes de software. Nuestro deseo
es evitar que los redistribuidores de programas libres obtengan licencias de patente de forma individual, convirtiéndo-
los así en programas patentados. Para evitarlo, hemos dejado claro que todas las patentes deben concederse bajo
licencia para el uso libre de todos los usuarios o sin licencia.
A continuación se indican los términos y condiciones exactos para la copia, distribución y modificación.
LICENCIA PÚBLICA GENERAL GNU
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA COPIA, DISTRIBUCIÓN Y MODIFICACIÓN
0. Esta licencia se aplica a cualquier programa o trabajo que contenga una notificación incluida por el titular del copy-
right donde se especifique que se puede distribuir de conformidad con los términos de esta Licencia Pública General.
El "programa", más abajo, hace referencia a cualquier programa o trabajo, y un "trabajo basado en el programa" es un
programa o cualquier trabajo derivado sujeto a la ley de copyright; es decir, un trabajo que incluye el programa o una
parte de este, ya sea literalmente o con modificaciones y/o traducido a otro idioma. (De aquí en adelante, la traducción
se incluye sin limitaciones en el término "modificación"). Se hace referencia a los licenciatarios como el "usuario".
Esta licencia solo cubre las actividades de copia, distribución y modificación; todas las demás actividades no están
dentro de su alcance. La acción de ejecutar el programa no está limitada, y el producto del programa solo se cubre si
su contenido constituye un trabajo basado en el programa (independiente de su generación mediante la ejecución del
programa). Esto depende de la funcionalidad del programa.
Versión 2, junio de 1991
Preámbulo
137