Electralog DF203A Manual Del Propietário página 17

Garantía
disponga de la evidencia de compra del
producto.
Lo que hará Electralog en el caso de
defecto
En el caso de que, durante el periodo
de 12 meses de garantía limitada,
se demostrase que una pieza o un
producto amparados por esta garantía
limitada tienen defectos de material o
de fabricación, usted dispondrá de los
siguientes derechos:
Electralog decidirá, a su exclusivo
criterio, si repara o cambia la pieza
o producto defectuoso sin cargo.
Si Electralog no pudiera reparar
ni cambiar la pieza o producto, o
si la reparación o cambio no es
comercialmente practicable o no se
puede realizar de modo diligente,
Electralog puede, en lugar de reparar
o cambiar, reintegrar al comprador el
precio de dicho producto o pieza.
El servicio de garantía limitada
será realizado exclusivamente por
los concesionarios o servicios de
asistencia técnica de Electralog que
hayan sidoautorizados a prestar los
servicios de garantía.
El comprador es responsable de
desmontar y llevar el producto
o pieza (y cualquier otra pieza o
producto reparado) al distribuidor
autorizado o a la sede delservicio de
reparación así como de su recogida.
Esta garantía limitada no faculta al
comprador a servicios a domicilio o
in-situ. A petición del comprador, y a
su cargo, pueden prestarse servicios
in situ o a domicilio sujetándose a
las tarifas oficiales del momento de
Electralog para dichos servicios.
Electralog no será responsable de
cualquier gasto en que se incurra
para la instalación o retirada del
producto o pieza (o de cualquier
pieza o producto reparados) ni de
los costes de transporte ni de mano
de obra, y los servicios de garantía
limitada no los incluyen. tales costes
corren a cuenta del comprador.
De lo que tampoco son responsables
ni Electralog ni los distribuidores ni los
técnicos de mantenimiento:
En nInGÚn cASo SERán
RESPonSABLES ELEctRALoG, nI
SuS DIREctIVoS, nI RESPonSABLES,
nI AGEntES,
FREntE AL
coMPRADoR o tERcERoS
DE cuALQuIER tIPo,
contEMPLE contRActuALMEntE,
EXtRAcontRActuALMEntE, o
con cuALQuIER otRo concEPto,
DE cuALQuIER DAÑo, PÉRDIDA o
coStE AccESoRIo, InMAtERIAL,
PEnAL, EJEMPLARIZAntE,
ESPEcIAL o InDIREcto, QuE SE
PRoDuZcA o EStÉ RELAcIonADo
con LA VEntA, MAntEnIMIEnto,
uSo o IMPoSIBILIDAD DE uSAR
EL PRoDucto, IncLuSo SI
ELEctRALoG o SuS DIREctIVoS,
RESPonSABLES o AGEntES HAn
SIDo AVISADoS DE LA PoSIBILIDAD
DE QuE SE PRoDuZcAn DIcHoS
DAÑoS, PÉRDIDAS o coStES, o SI
tALES DAÑoS, PÉRDIDAS o coStES
Son PREVISIBLES. En nInGÚn
cASo SERán RESPonSABLES
ELEctRALoG nI SuS DIREctIVoS,
RESPonSABLES o AGEntES DE
cuALQuIER DAÑo, PÉRDIDA o
coStE QuE SuPERE EL PREcIo DE
coMPRA DEL PRoDucto.
BIEn SE
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