6. MANTENIMIENTO
El aparato que acaba de comprar cumplirá perfectamente con su rendimiento previsto
durante muchos años siempre que atienda a las siguientes observaciones importantes:
• Limpieza: anual. La frecuencia de limpieza se debe ajustar en función de la calidad de
los fluidos vehiculados (dureza del agua) asociada al volumen de agua consumido.
• Si el depósito se deja sin funcionar durante el invierno en un local con riesgo de helada,
habrá que mantener imperativamente el agua a una temperatura mínima del fluido.
Para cualquier intervención sobre los componentes de fibras minerales artificiales
silíceas (fibras cerámicas, lana de vidrio, lana de roca), el operario debe llevar ropa
adaptada y una máscara de protección respiratoria para evitar todo riesgo vinculado
con estos productos.
7. GARANTÍA
El aparato debe ser instalado por un profesional cualificado respetando la normativa vigente
de aplicación.
Utilizar el aparato y realizar su mantenimiento de manera regular por un especialista.
En estas condiciones, se garantizan los materiales por el acuerdo intersindical de 1969 entre
la UCH y los fabricantes de material de calefacción, así como el respeto del RD 1/2007.
Las modificaciones a título de garantía en ningún caso permiten indemnizaciones por daños
y perjuicios y por ello no pueden prolongar su garantía.
En caso de fabricación defectuosa o material averiado (corresponde que el comprador
siempre realice la prueba) fehacientemente establecido y reconocido por el Grupo ACV, la
responsabilidad del Fabricante se limita a:
• Piezas desmontables: la reposición de la pieza reconocida como defectuosa así como
a los gastos de transporte, excluyendo los gastos de mano de obra relacionados con el
desmontaje y montaje, durante un periodo de dos años a partir de la fecha de puesta en
marcha o, en su defecto, de la fecha de facturación siempre y cuando no exceda un periodo
mayor de 6 meses a partir de la fecha de fabricación.
Duración de la garantía:
Cuba: 5 años
Partes desmontables: 2 años
Las disposiciones estipuladas incluyen el beneficio de garantía legal respecto de los defectos
ocultos, conforme con el RD 1/2007.
Esta garantía tiene validez únicamente en España, Portugal y Andorra.
U0674370-A
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