INFORMACIÓN PARA LA ELIMINACIÓN CORRECTA DEL PRODUCTO EN VIRTUD DEL ART. 26 DEL DECRETO
LEGISLATIVO 14/03/14, N. 49 "APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA EUROPEA 2012/19/UE SOBRE LOS DESECHOS DE
APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS"
Al final de su vida útil, este aparato no se debe eliminar junto a los desechos domésticos. Destacamos el importante papel de la
contribución del consumidor a la reutilización, el reciclado y demás formas de recuperación de estos desechos.
El aparato se debe entregar de manera diferenciada a un centro de recogida selectiva municipal o al revendedor en el momento
de adquirir un nuevo aparato de tipo equivalente.
La eliminación selectiva de los aparatos eléctricos y electrónicos permite evitar los efectos negativos que en caso de eliminación
inadecuada podrían producirse en el medio ambiente y en la salud humana, y permite recuperar y reciclar los materiales que los
componen, con importantes ahorros de energía y recursos.
La obligación de eliminar estos aparatos por separado está indicada por el símbolo del contenedor tachado.
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