3.3
Utilización como cargador de
batería
Para una carga a temperaturas de hasta 30° C, la
gran mayoría de los fabricantes recomiendan para las
baterías de Pb una tensión de carga flotante de 2,25
V por vaso. Para una batería de 24 V de Pb, se tiene
así una tensión de carga flotante de 27 V. Cuando la
temperatura ambiente sea más alta, hay que reducir
las tensiones de carga flotante de acuerdo con las
indicaciones de los fabricantes de las baterías,
mientras que en caso de pérdidas de tensión externas
hay que realizar el correspondiente incremento.
Los aparatos BL18-400-24 y BL18-230-24 vienen
ajustados de fábrica con una tensión de salida de 27
V DC.
3.3.1 Carga según la gráfica IU
La carga se efectúa de acuerdo con una curva
característica IU (ver Figura 3.4). Al principio, cuando
las baterías están descargadas, fluye una corriente de
carga elevada de aprox. 21 – 23 A (Carga I). Esta
corriente está limitada por el BL 18. Tan pronto como
la tensión de carga alcanza el valor ajustado (tensión
de carga flotante) ésta pasa hacia la carga como
tensión constante (Carga U). La corriente de carga
disminuye hasta que el aparato suministra la corriente
de carga flotante además de la corriente necesaria
para los consumidores conectados. Aquí queda de
manifiesto la ventaja de este procedimiento de carga
en comparación a la carga con corriente constante.
Con la disminución de la corriente, al llegarse a la
corriente de carga flotante, no se produce una
sobrecarga de la batería. De esta manera, se evita
una formación de vapor de agua excesivamente alta,
circunstancia que se produce cuando, tras alcanzarse
la situación de plena carga, sigue fluyendo una
corriente de carga elevada.
Figura 3.4: Carga según característica IU
4
3.4
Reducción de la potencia de salida
Con temperaturas ambiente superiores a 60°C,
desciende la capacidad de carga del aparato, de
acuerdo con el diagrama siguiente.
Figura 3.5: Reducción de la potencia de salida
Para evitar el sobrecalentamiento de los aparatos, hay
que reducir correspondientemente la carga de los
consumidores.
TD_BL18_06.06_ES