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Parada y eliminación
Según las Directivas (2011/65/UE) ROHS II y 2012/19/UE, correspondientes a la reducción del uso
de sustancias peligrosas en los equipos eléctricos y electrónicos así como la eliminación de los
desechos, es obligatorio no eliminar éstos últimos como desechos urbanos, efectuando su
recolección separada. Al momento de la compra de un nuevo equipo de tipo equivalente, el equipo
en condiciones de desguace deberá volver a entregarse al revendedor para su eliminación. Con
referencia a la reutilización, reciclaje u otras formas de recuperación de los desechos
mencionadas, el fabricante desarrolla las funciones definidas por las Legislaciones Nacionales.
La adecuada recogida diferenciada para el arranque sucesivo del equipo dispuesto al reciclaje, al
tratamiento y a la eliminación ambientalmente compatible, contribuye a evitar posibles efectos
negativos en el ambiente y en la salud y favorece el reciclaje de los materiales de los que está
compuesto el equipo. El símbolo del contenedor con barras que figura en el equipo indica que el
producto, al final de la propia vida útil, debe ser recogido por separado de los demás desechos.
LA ELIMINACIÓN INCORRECTA DEL PRODUCTO PUEDE IMPLICAR LA APLICACIÓN DE
LAS SANCIONES DEFINIDAS EN CADA UNA DE LAS LEGISLACIONES NACIONALES.
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