No conecte la unidad AIT1000 a una línea principal de suministro eléctrico CA. Podría recibir una descarga eléctrica. ADVERTENCIA: No conecte la unidad AIT1000 a un suministro eléctrico de CC que exceda 15.6 V o invierta la polaridad del suministro. La unidad podría resultar dañada.
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El acceso a los agujeros de sujeción se consigue extrayendo las dos tiras verdes a cada lado de la parte inferior del AIT1000. Una vez fijada la unidad, podrá volver a poner las tiras verdes en su lugar. Asegure el Transpondedor AIS a una superficie plana en la ubicación elegida. Utilice cuatro tornillos de madera M4 u otras sujeciones adecuadas al material de la superficie en la que la unidad va a ser fijada.
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El Transpondedor AIS de Clase B ha sido diseñado para un sistema de 12V CC. Emplee un adaptador si su embarcación usa un sistema de 24V. El AIT1000 puede ser conectado a otro equipamiento compatible con AIS a través de conexiones NMEA0183 en el cable de ALIMENTACIÓN/DATOS y/o a un PC a través de una interfaz USB.
“Setup.Exe” que encontrará en la carpeta “AIT1000 Transponder”. Conecte el cable de datos USB del transpondedor AIT1000 a un puerto libre USB de su PC – si el asistente de Windows “Encontrado Nuevo Hardware” no localiza los drivers para la interfaz USB del AIT1000, indíquele al Asistente que los busque en el CD-ROM suministrado.
AIT1000 Guía de Inicio Rápido DIGITAL YACHT LTD 1. Introduzca Nombre de la embarcación, Distintivo de Llamada y MMSI (Vessel Name, Call Sign y MMSI) 2. Introduzca las dimensiones de la embarcación y la ubicación de la antena GPS al metro más cercano 3.
(0044) 1179 114111 Fax: (0044) 1179556289 Correo electrónico: [email protected][email protected] Para más información, visite nuestra página web en: www.digitalyacht.co.uk Declaración del fabricante El fabricante declara que el transpondedor Digital Yacht AIS AIT1000 es conforme con las disposiciones expuestas por la Directiva 99/05/CE.
Noruega Suiza Nota: El transpondedor Digital Yacht AIS AIT1000 es un dispositivo marcado con el signo de restricción en la Unión Europea, según las disposiciones recogidas en los artículos 16 y 17 del Real Decreto 1890/2000, de 20 de Noviembre.