4. Instrucciones para la instalación
4.1. Instrucciones ge-
nerales
• Está prohibida la instalación del
aparato en presencia de mate-
riales inflamables o en lugares
en los que haya riesgos de
incendio o de explosión.
• El volumen mínimo del local
en el que se instale el aparato
deberá ser de unos 300 m
el modelo de 25 kW, de 540 m
para el modelo de 40 kW y de
1050 m
para el modelo de 75
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kW, calculando unas necesida-
des térmicas de 50 W/m
• Para la instalación del aparato
en ambientes cerrados con des-
carga de los humos al aire libre
a través de una chimenea se
deberá garantizar un caudal de
aire procedente del exterior de
unos 80 m
/h para una buena
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combustión. Si el aparato está
instalado en un ambiente cerra-
do y los humos no se descargan
en el exterior a través de una
chimenea, se debera garantizar
una buena ventilación del mis-
mo ambiente. Una buena venti-
lación queda garantizada cuan-
do en una hora hay un recambio
de aire de 2,5 veces el volumen
del local. Para obtener esto se
deberá prever, si fuera necesa-
rio, una apertura para la entrada
del aire en la parte baja y una
apertura para la salida del aire
en la parte alta, cada una con
una superificie de por lo menos
0,8 m
. Para el uso del aparato
2
en la construcción y en la agri-
cultura se deberán respetar las
medidas de seguridad vigentes
en los respectivos sectores. En
particular se deberán respetar
las siguientes distancias de
seguridad respecto a materiales
o componentes inflamables:
Lateral:
Lado entrada aire:
Superior:
Lado salida aire cal.:
• En el local en donde se instale
el aparato, el suelo y el techo
deberán ser de materiales igní-
fugos y en regla con las normas
para
3
de seguridad antiincendio.
3
• Las secciones de entrada y de
salida del aire no deben estar
jamás obstruidas, ni siquiera
.
3
parcialmente, por ningún moti-
vo.
4.2. Instalaciones en el
sector de la construc-
ción y de la agricultura
• El aparato lo debe hacer funcio-
nar exclusivamente el personal
que ha sido adiestrado para
el uso. Se deben respetar las
instrucciones dadas por el fabri-
cante.
• El aparato debe ser instalado
de manera tal que el personal
no esté sometido a peligros
debidos a los gases de descar-
ga o al flujo de aire caliente y
de manera que no haya ningún
peligro de incendio. Respetar
las distancias de seguridad
antiincendio.
• Si el aparato se usa en locales
cerrados con chimenea se debe
garantizar una ventilación sufi-
ciente. Esto sucede cuando se
suministra una potencia térmica
nominal máxima de 0,1 kW/m
referida al volumen del local y
cuando existe una circulación
de aire estable y natural a tra-
0,60 m
vés de puertas y ventanas.
0,60 m
1,50 m
• Si el aparato funciona en locales
3,00 m
cerrados sin chimenea, se debe
garantizar una buena ventila-
ción. Esto sucede cuando se
suministra una potencia nominal
máxima de 0,033 kW/m
da al volumen del local y cuan-
do existe una circulación de aire
estable y natural a través de
puertas y ventanas.
• Si los valores de concentración
máximos de las sustancias
tóxicas en el ambiente de tra-
bajo están dentro de los límites
de norma y el porcentaje de O
es igual o superior al 17% no
subsisten riesgos para la salud
debidos a una excesiva concen-
tración de sustancias tóxicas en
el aire respirado.
• El aparato no se debe instalar
en locales con peligro de incen-
dio o de explosión.
• El aparato se debe instalar en
posición estable.
Controles
• En base a las condiciones de
trabajo, por lo menos una vez
al año, el aparato debería ser
controlado por personal espe-
cializado.
• Las personas encargadas del
uso del aparato deben controlar,
antes de la puesta en servicio,
que todas las normas de uso,
de seguridad y de protección
vengan respetadas.
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referi-
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