1.- NORMAS GENERALES
1.1 Chimenea o Humero
Todo aparato debe tener un conducto vertical, denominado humero, que descarga al exterior los humos producidos de la
combustión, mediante tiro natural. El humero deberá responder a los siguientes requisitos:
- No deberá conectarse ninguna otra chimenea, estufa, caldera, o campara aspirante de ningún tipo (fig 1).
- Debe estar distanciado adecuadamente de materiales combustibles o inflamables mediante cámara de aire o aislante
apropiado.
- La sección interna debe ser uniforme, preferiblemente circular: las secciones cuadradas o rectangulares deben tener
aristas redondeadas con radio no inferior a 20 mm; relación máxima entre los lados de 1,5; paredes lisas y sin
estrechamientos; las curvas regulares y sin discontinuidad, desviaciones del eje no superiores a 45° (fig-2)
- Cada aparato debe tener una chimenea propio de sección igual o superior que el diámetro del tubo de evacuación de
humos de la estufa y de altura no inferior a la declarada (ver fig 2).
* Figura 2
- No se deben utilizar nunca dos estufas en el mismo ambiente, una chimenea y una estufa, una estufa y una cocina de
leña, etc. Pues el tiro de uno puede dañar el tiro del otro. Además, no se admiten conductos de ventilación de tipo
colectivo que pueden presurizar el ambiente de instalación, aunque estén instalados en ambientes adyacentes y
comunicados con el local de instalación.
- Está prohibido efectuar aperturas fijas o móviles en el humero para conectar aparatos diferentes de los previstos,
- Está prohibido el tránsito dentro del humero, aunque esté sobredimensionado, de otros canales de aducción de aire y
tuberías de uso industrial.
- Se aconseja que el humero esté dotado de una cámara de recogida de materiales sólidos y posibles condensaciones
situada debajo de la boca del humero, de modo que se pueda abrir fácilmente e inspeccionar desde la ventanilla de
estanqueidad al aire.
- Si se utilizan chimeneas de salidas paralelas, se aconseja elevar un elemento una de las chimeneas (fig.3)
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Figura 3