Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011 y posterior Directiva Delegada de la Comisión
2015/863, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos
eléctricos y electrónicos.
De conformidad con la Directiva 2012/19/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio
de 2012, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (WEEE), la presencia del símbolo
del contenedor tachado indica que este aparato no debe considerarse un residuo urbano: por lo
tanto, su eliminación debe
realizarse por recolección separada. La eliminación de forma no separada puede
constituir un daño potencial para el medio ambiente y la salud. Este producto se
puede devolver al distribuidor al comprar un nuevo dispositivo. La eliminación
inadecuada del aparato constituye una conducta indebida y está sujeta a sanciones
por parte de la Autoridad de Seguridad Pública. Para más información, contactar
con la administración local responsable de asuntos ambientales.
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