interior del cilindro. Instale la bujía y apriétela a
19 N m (14 libras-pie). NO VUELVA A
INSTALAR EL CABLE DE LA BUJÍA.
4.
Limpie la caja de la cortadora: consulte la
sección "Limpieza de la cortadora de césped", en
la página 18.
5.
Limpie la guarda del EFC; consulte la sección
"Limpieza de la guarda del embrague del freno
de la cuchilla", en la página 20.
6.
Elimine la basura y carbonilla del cilindro, las
aletas del cabezal del cilindro y la caja de la
sopladora. Quite también los recortes de hierba,
suciedad y mugre de las partes externas del
motor, cubierta y la parte superior de la caja de
la cortadora.
7.
Examine la condición de la cuchilla: consulte la
sección "Inspección, remoción y afilado de la
cuchilla", en la página 16.
8.
Apriete todas las tuercas, pernos y tornillos.
9.
Limpie el depurador de aire: consulte la sección
"Servicio del depurador de aire", en la
página 14.
10. Lubrique los brazos de pivote; consulte la
sección "Lubricación", en la página 17.
11. Repinte todas las superficies oxidadas o que
tengan la pintura pelada. Puede adquirir pintura
Toro Re-Kote con un Representante de Servicio
Autorizado TORO.
ES–22
12. Llene el cárter de aceite: consulte la sección
"Llene el cárter de aceite", en la página 8.
13. Almacene la cortadora en un lugar limpio y seco.
Cúbrala para mantenerla limpia y protegida.
Accesorios
Para condiciones especiales, puede adquirir los
accesorios siguientes con su Representante de
Servicio Autorizado Toro.
1.
Equipo de Descarga Lateral, Modelo
No. 59113—Se instala en segundos. Montaje
trasero en el lugar del saco para hierba o del
tapón del canal de descarga. Dispersa los
recortes al tiempo que recorta a ambos lados
(Fig. 35).
2.
Supresor de Chispas y Tornillo (Pieza No.
94-1681)—Si fuera necesario un supresor de
chispas debido a reglamentos locales, estatales o
federales, éste puede adquirirse en un
Representante de Servicio Autorizado TORO.
Para instalar el supresor de chispas necesitará un
tornillo. Limpie la rejilla después de cada 75
horas de funcionamiento. Si la cortadora se usa
en cualquier terreno de California cubierto de
bosques, arbustos o hierba sin un supresor de
chispas que funcione correctamente, el operador
está violando la ley estatal, Sección 4442 del
Código de Recursos Públicos.